Proyecto de Ley de Patentes

 

El Consejo de Ministros del día 14 de noviembre de 2014 aprobó la remisión a las Cortes de un proyecto de Ley que revise el marco legal de la propiedad industrial en España mediante una profunda renovación de la Ley 11/1986 de Patentes vigente. El objeto principal de la reforma es fortalecer el sistema español de patentes, pasando de un marco en el que lo importante era fomentar la iniciativa de patentar a un nuevo marco en el que se quiere primar la actividad verdaderamente inventiva, innovadora y novedosa. Se quiere pasar de un sistema de "patentes débiles”, que generan a menudo burbujas tecnológicas, alta litigiosidad y monopolios injustificados, a otro de "patentes fuertes”, comparables a las de los Sistemas Internacionales y países industrializados.

Se trata de un texto legal muy extenso (80 páginas ocupa la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales) cuyos aspectos principales resume la Oficina Española de Patentes y Marcas:

  • clarifica y simplifica el procedimiento de concesión de la patente, que siempre conllevará un examen previo. Además, se adapta la normativa española al ámbito comunitario y a otras normas y tratados internacionales
  • fomenta la iniciativa emprendedora mediante la reducción de un 50% de la tasa para la obtención de una patente para los emprendedores
  • las patentes se hacen más fuertes, lo que significa que siempre llevarán un examen previo que acredite que la invención es nueva, inventiva y tiene aplicación industrial. Si no se cumplen estos requisitos, no se concederá la patente
  • los modelos de utilidad también se fortalecen. Se amplía su ámbito a los productos químicos y se modifica su régimen mediante el requisito de novedad mundial. Además se garantiza su solidez mediante la exigencia del informe sobre el estado de la técnica prejudicial.
  • se incluyen expresamente entre los títulos de protección los Certificados Complementarios de Protección, o CCP, título de propiedad industrial que extiende por un plazo máximo de cinco años la protección otorgada a una patente de un producto farmacéutico o fitosanitario, para compensar el mayor plazo de tiempo que transcurre para estos productos desde que se concede la patente hasta que se autoriza su comercialización

La creación de una patente fuerte supone importantes beneficios:

  • para la competencia: evita monopolios injustificados, ya que no se da la protección y el derecho de exclusividad que la patente supone a no ser que se justifique realmente la novedad y altura inventiva
  • para los ciudadanos: porque se garantiza la seriedad de las patentes, y se simplifican los procedimientos, reduciendo las cargas administrativas
  • para la Administración y los Tribunales: se evita la sobrecarga de la Administración (al no tener que tramitar patentes de escasa calidad técnica) y, de los tribunales, ya que no se otorgarán monopolios injustificados
  • Para la imagen de la patente española, que se fortalece y equipara a los sistemas de propiedad industrial más avanzados.

 

OPINIÓN AUTORIZADA: Según apunta el abogado Manuel Lobato, "La novedad del modelo de utilidad pasa a ser mundial (frente a la novedad meramente nacional que exige la regulación actual). Se introduce una norma peculiar en el Proyecto por el cual los modelos solicitados después de la entrada en vigor de la nueva Ley (prevista para 1 de diciembre de 2016) no podrán ejercitar acciones de defensa del Derecho sin solicitar previamente un Informe sobre el Estado de la Técnica para este modelo, incluso previéndose la suspensión del plazo para la contestación a la demanda hasta que se haya presentado el Informe sobre el Estado de la Técnica. Es aconsejable que los titulares de modelos de utilidad soliciten este Informe antes de que exista la eventualidad del litigio, ya que de otro modo tendrán importantes problemas, p.ej., para obtener medidas cautelares".