Instrucción de Procedimientos Penales: 6 de junio de 2016

La mayoría de los operadores jurídicos estamos al tanto de la importancia que tiene la fecha del 6 de junio de 2016 para la instrucción de un procedimiento penal, sin embargo estoy segura que para los legos en el mundo del derecho será un día que pasará inadvertido, a pesar de las graves consecuencias que ello puede tener.

Entre las últimas de las múltiples y variadas reformas que ha realizado el legislador durante este último mandanto ha habido muchas relativas tanto a la Ley de Enjuciamiento Civil, que es aquella en la se recogen las normas de todos los procedimientos judiciales civiles, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que se regulan los procedimientos judiciales penales.

En este último caso, en un intento de solucionar la siempre previsible lentitud de la administración de justicia, el legislador ha optado por fijar un plazo máximo para la instrucción de los procedimientos penales. Lo anterior significa que el Juzgado, el Juez, el Ministerio Fiscal y la Acusación Partícular tienen un plazo de seis meses para practicar todas aquellas pruebas necesarias hasta poder obtener indicios suficientes y razonados de la comisión de un posible delito.

Es de justicia poner de manifiesto que el legislador también ha previsto la ampliación de ese plazo, si bien lo prevé como una excepción a la norma general de los seis meses.

¿Y qué ocurre con los todos los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la reforma en todos los juzgados de España? Pues que el plazo para finalizar la instrucción, la averiguación del delito finaliza el próximo día 6 de junio de 2016.

¿Y qué ocurre si en un caso concreto no ha dado tiempo a practicar todas las pruebas necesarias? Pues que a falta de indicios suficientes el juez tendrá que acordar el sobreseimiento provisional y el consecuente archivo del procedimiento.

Lo anterior ha provocado que tanto abogados como el Ministerio Fiscal hayamos procedido a solicitar que la causa sea declarada compleja para poder de ese modo ampliar el plazo de instrucción.

Sin embargo lo que nadie puede preveer es lo que ocurrirá a partir del día 7 de junio de 2016, atentos por lo tanto todos aquellos que sean denunciantes o denunciados en un procedimiento penal, su asunto puede ver como se llega al plazo límite de instrucción y ello puede tener como consecuencia un posible sobreseimiento libre del denunciado.

El problema creado es de tal envergadura que desde la Unión de Fiscales Progresistas (UPF) han llegado a asegurar que es imposible revisar todos los procedimientos antes del 6 de junio de 2016, pues estamos hablando de casi 540.000 causas penales.

Os dejamos el enlace de la noticia que aperecía la semana pasada en prensa: http://confilegal.com/20160517-los-fiscales-progresistas-aseguran-que-es-imposible-revisar-todas-las-causas-antes-del-6-de-junio

Desde esta página os informaremos de cuantas novedades se produzcan en este sentido.