Cómo ejercer el derecho al olvido tras la sentencia del Tribunal Supremo – Iurismática Abogados
Ayer tuvimos conocimiento de una nueva Sentencia, en este caso de Sala Tercera del Tribunal Supremo, que sirve sobre todo para clarificar realmente quién es el responsable del buscador Google, ante quién realmente debemos ejercer dicho derecho al olvido, cuál es la actividad de las diferentes empresas que conforman esta multinacional y la responsabilidad de cada una de ellas en el tratamiento de datos de carácter personal. Más allá del tema de la legitimación en un procedimiento, o sobre titulares grandilocuentes en que deberemos litigar por el derecho al olvido en EEUU, cosa que ya la sentencia del TJUE negaba al considerar que Google realizaba un tratamiento de datos en Europa y cuya actividad se dirige a sus ciudadanos/as. Reitero considero interesante lo relacionado sobre las figuras en materia de protección de datos: la posible corresponsabilidad en el tratamiento de datos o la determinación de responsable de fichero. Así la sentencia recurrida establecía:
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